Querencia Golf Club en el caso del accidente del 25 de marzo de 2025 en San José del Cabo: lo que consta
El 25 de marzo de 2025, un carrito de golf recibió por alcance el impacto de una camioneta rotulada de Querencia en el Boulevard Querencia, en San José del Cabo, Baja California Sur. En él iba una niña de 5 años, que salió proyectada. Según una declaración que consta en la carpeta de investigación, después fue alcanzada por la camioneta de Querencia, de más de 500 kilos. Querencia Golf Club, S. de R.L. de C.V., figura en una determinación del Ministerio Público fechada el 11 de febrero de 2026. Según la determinación y su autorización, proponía no ejercer la acción penal, por atipicidad, a su favor y de otras tres partes, por omisión de auxilio, omisión de informe médico y encubrimiento. Contra el chofer, investigado, sí la ejercía, por lesiones y daños culposos. El 23 de septiembre de 2026, según la transcripción de la resolución, el Juez de Control la revocó por no estar fundada ni motivada y ordenó continuar la investigación. En la misma resolución, el juez consideró procedente el no ejercicio respecto de las personas morales.

Qué es Querencia Golf Club en este caso
En el expediente, Querencia Golf Club aparece como S. de R.L. de C.V., un tipo de sociedad mercantil. Para la ley es una persona moral, es decir, una empresa. Su nombre está en una determinación de no ejercicio de la acción penal fechada el 11 de febrero de 2026. Con ese tipo de documento, el Ministerio Público propone no llevar ciertos delitos ante un juez.
Querencia se presenta en su sitio, qcabo.com (consultado el 8 de octubre de 2026), como "Querencia Private Golf & Beach Club in Los Cabos". Según su propio sitio, consultado el 8 de octubre de 2026, el desarrollo está en el Fraccionamiento Querencia, Carretera Transpeninsular km 27.5, Palmilla, San José del Cabo, Baja California Sur.
Esta página reúne lo que consta en los documentos del caso, sin información comercial del club ni del desarrollo.
El accidente del 25 de marzo de 2025
Hacia las 10:15, en el Boulevard Querencia y frente al tiro de práctica, una camioneta rotulada de Querencia impactó por alcance un carrito de golf ocupado por un adulto y tres menores.
La niña salió proyectada del carrito. Según una declaración que consta en la carpeta de investigación, después fue alcanzada por la camioneta de Querencia, de más de 500 kilos.
Alrededor de las 10:40 ingresó al Hospital H+ Los Cabos, según el informe policial y el aviso de la Unidad de Atención Temprana, acompañada, entre otras personas, por el médico del club, investigado.
La médica de guardia del Hospital H+ Los Cabos declaró ante un agente de investigación el 25 de marzo de 2025 que eran "lesiones que… sí pueden poner en riesgo la vida". Según los documentos médicos, entre otros diagnósticos, tuvo politraumatismo pediátrico, trauma torácico contuso, contusión y laceración pulmonar y neumotórax, con pronóstico reservado. Permaneció internada hasta el 28 de marzo de 2025.
Fue el hospital el que puso el accidente en conocimiento de las autoridades: lo notificó al Ministerio Público a las 12:20. Desde el lugar del choque no llegó aviso a la policía.
La camioneta se inspeccionó el 26 de marzo de 2025 en un taller de carrocería, no en el lugar del hecho; según el informe policial, el jefe de seguridad del fraccionamiento informó que una grúa se la llevó a ese taller momentos después del accidente. Según una declaración que consta en la carpeta de investigación, el traslado se hizo "sin justificación y con inusual prontitud", lo que "imposibilita la práctica de cualquier acto de investigación posterior", del Ministerio Público o de peritos particulares. No consta quién ordenó el traslado.
Más sobre ese día en la página del accidente.
Dónde aparece Querencia Golf Club en el expediente
Por el accidente se abrió una carpeta de investigación, el expediente que integra el Ministerio Público, por cuatro delitos: daños, lesiones culposas, omisión de auxilio y omisión de informe médico.
Querencia Golf Club figura en la determinación de no ejercicio de la acción penal fechada el 11 de febrero de 2026, según la determinación y su autorización. La determinación proponía no ejercer la acción penal, por atipicidad, a favor de Querencia Real Estate, Querencia Golf Club, el médico del club, José Luis Sánchez Musi, investigado, y el chofer, por omisión de auxilio, omisión de informe médico y encubrimiento. Contra el chofer, investigado, sí ejercía la acción penal, por lesiones y daños culposos.
El 15 de julio de 2026, un agente del Ministerio Público pidió una audiencia de imputación. La pidió para tres destinatarios: el chofer y el médico del club, los dos investigados, y la sociedad Querencia Construcciones, S. de R.L. de C.V. Querencia Golf Club no está entre ellos.
Los dos servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California Sur que formularon y autorizaron la determinación ya fueron denunciados ante las autoridades; según la denuncia, por presunta denegación de justicia, entre otros delitos.
Más detalle en la página del no ejercicio de la acción penal.
Lo que resolvió el Juez de Control
Este juez revisa, durante la investigación, que las autoridades actúen conforme a la ley.
Según la transcripción de la resolución, el 23 de septiembre de 2026 el Juez de Control revocó la determinación de no ejercicio de la acción penal fechada el 11 de febrero de 2026, autorizada el 13 de febrero, por no estar fundada ni motivada, y ordenó continuar la investigación. En la misma resolución, el juez consideró procedente el no ejercicio respecto de las personas morales.
Según esa transcripción, el Ministerio Público puede emitir una nueva determinación, fundada y motivada: que cite las normas aplicables y explique por qué corresponden a los hechos.
La posición de Querencia
El escrito que se cita es de otra sociedad, Querencia Real Estate, S. de R.L. de C.V.
Querencia Real Estate presentó ese escrito el 4 de febrero de 2026, casi once meses después del accidente, firmado por su apoderado legal, Francisco Javier Troncoso Valle. Entre otros puntos, escribió:
"el carro de golf (…) recibió un alcance por parte de la camioneta de Querencia, lo que provocó que una menor saliera proyectada del carro de golf (…) fue trasladada a un hospital para descartar cualquier lesión que pudiera resultar del incidente de tránsito."
En él escribió que la camioneta "se encuentra en operaciones dentro del desarrollo Querencia" y podía inspeccionarse; según el informe policial, una grúa se la había llevado a un taller de carrocería momentos después del accidente.
Sobre las personas morales, la determinación sostenía: "La responsabilidad que pudiera derivar es de naturaleza civil o administrativa, no penal, al no acreditarse intervención directa típica". Según la transcripción de la resolución que la revocó, el juez consideró procedente en ella el no ejercicio respecto de las personas morales.
El escrito también se cita en la página sobre las lesiones de la niña.
Preguntas clave
¿Dónde y cuándo ocurrió el accidente del caso Querencia Golf Club?
Ocurrió el 25 de marzo de 2025, hacia las 10:15, en el Boulevard Querencia, en San José del Cabo, Baja California Sur. Un carrito de golf en el que viajaba una niña de 5 años recibió por alcance el impacto de una camioneta rotulada de Querencia.
¿En qué documentos del caso aparece Querencia Golf Club, S. de R.L. de C.V.?
En la determinación de no ejercicio fechada el 11 de febrero de 2026. Según la determinación y su autorización, proponía no ejercer la acción penal a su favor y de otras tres partes; contra el chofer, investigado, sí la ejercía. Según la transcripción de la resolución, el Juez de Control la revocó por no estar fundada ni motivada y ordenó continuar la investigación. En la misma resolución, el juez consideró procedente el no ejercicio respecto de las personas morales.
¿Qué decidió el Juez de Control el 23 de septiembre de 2026 en este caso?
Según la transcripción de la resolución, ese día el Juez de Control revocó la determinación de no ejercicio de la acción penal por no estar fundada ni motivada y ordenó continuar la investigación. En la misma resolución, el juez consideró procedente el no ejercicio respecto de las personas morales.
Sigue leyendo
Dónde y cuándo se inspeccionaron el carrito y la camioneta
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